martes, 4 de mayo de 2010

MANEJO E IMPLICACIONES DEL PRINCIPIO DE LA SOBERANÍA PERMANENTE SOBRE LOS RECURSOS NATURALES

Por
DAVID SALAZAR ESTRADA


El texto del título de éste ensayo parece bastante llamativo, sobre todo por la palabra “soberanía”.

Lo anterior, porque esto significa el poder del mismo pueblo sobre lo que tiene, el poder determinar lo que hace y lo que quiere hacer, lo que quiere vender y lo que quiere comprar.

Existen lógicamente leyes, sobre todo de las Naciones Unidas que hablan acerca del principio de soberanía sobre los recursos naturales y donde se manifiesta que esto lleva a los países en desarrollo a su crecimiento económico. Sin embargo debemos mirar algo muy importante y es que en realidad los recursos naturales casi siempre han sido explotados por extranjeros, quienes se llevan la mejor parte en este sentido. Colombia tiene muchos recursos naturales, sin embargo es importante darnos cuenta de que la situación de dichos recursos no es la que presta mejor beneficio a los pueblos y ciudades colombianas en sí.

Podríamos tomar algo que nos muestra la ley de manera clara, al ser la Constitución la norma de normas, en la Constitución de Colombia dice claramente:

Artículo 63.- Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Artículo 75.- El espectro electromagnético es un bien público inalienable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado. Se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a su uso en los términos que fije la ley.

Para garantizar el pluralismo informativo y la competencia, el Estado intervendrá por mandato de la ley para evitar las prácticas monopolísticas en el uso del espectro electromagnético.

Artículo 360.- La ley determinará las condiciones para la explotación de los recursos naturales no renovables así como los derechos de las entidades territoriales sobre los mismos.

La explotación de un recurso natural no renovable causará a favor del Estado, una contraprestación económica a título de regalía, sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación que se pacte.

Los departamentos y municipios en cuyo territorio se adelanten explotaciones de recursos naturales no renovables, así como los puertos marítimos y fluviales por donde se transporten dichos recursos o productos derivados de los mismos, tendrán derecho a participar en las regalías y compensaciones.

Si nos atenemos propiamente a esta norma de normas, en este momento Colombia estaría gozando de todos estos privilegios, sin embargo debemos comprender algo muy importante:

Quiénes se ocupan de este tema y quiénes son los que realmente están enterados de todos estos derechos que tiene el pueblo?

Quienes están enterados, son aquellos que realmente manejan los negocios de los recursos naturales y quienes en su propio beneficio logran muchas expectativas económicas.

Sin embargo el pueblo propiamente no ejerce dicha soberanía porque no conoce la ley al respecto, porque no maneja el dinero necesario para adelantar gestiones, porque en muchos casos se les incumple lo que se les debería de dar o en otros casos los recibe el gobierno de turno y en realidad no se entrega lo que es.

Con esto, estamos hablando de que se necesita frente a la soberanía de los recursos naturales, educar al pueblo sobre los derechos que tiene, formar veedurías específicas para estos casos que sean quienes tramiten todas las diligencias respectivas cuando de explotación de recursos naturales se trate.

Nada se gana el pueblo con tener unas leyes y donde se le dice que tiene soberanía, si ni siquiera sabe lo que es. Existen muchos intermediarios para todo lo que tiene que ver con la explotación de los recursos naturales, con las indemnizaciones, etc. En esto existe mucha corrupción y desconocimiento de la ciudadanía. Habría que empezar por concientizar sobre sus derechos al pueblo y la manera jurídica como los puede llegar a obtener.

Basta preguntarse lo siguiente, para concluir:

¿Quiénes manejan los recursos naturales y sus ingresos en Colombia?

¿A dónde llegan las regalías que éstas dejan?

¿Qué obras o beneficios sociales han dejado los recursos naturales en Colombia?

Infinidad de respuestas encontraremos, pero lo que si es cierto, es que la ley propiamente no se cumple en estos casos.

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